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Decretado el Estado de Alarma en la Comunidad de Madrid

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El Gobierno ha declarado el Estado de Alarma parcial en la Comunidad de Madrid aplicando el Real Decreto 900/2020,  de  9  de  octubre, que recoge las restricciones de movilidad en determinados municipios de la región. Estas medidas entran en vigor desde su publicación en el BOE y se aplicarán durante los próximos 15 días.

Estas medidas afectarán a 9 municipios, incluido Madrid capital, que superan los 500 casos por cada 100.000 habitantes, serán confinanaos perimetralmente y se aplicarán las mismas restricciones impuestas en la Orden 1273/2020,  de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad.

Estos son los municipios madrileños que se verán afectados por las restricciones:

  • Madrid capital
  • Alcobendas
  • Alcorcón
  • Fuenlabrada
  • Getafe
  • Leganés
  • Móstoles
  • Parla
  • Torrejón de Ardoz

Se premite la entrada y salida de personas en esos municipios para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales
  • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil
  • Retorno al lugar de residencia habitual
  • Asistencia  y  cuidado  a  mayores,  menores,  dependientes,  personas  con discapacidad o personas especialmente vulnerables
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse
  • Actuaciones  requeridas  o  urgentes  ante  los  órganos  públicos,  judiciales  o notariales
  • Renovaciones  de  permisos  y  documentación  oficial,  así  como  otros  trámites administrativos inaplazables
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada

Todas estas medidas se aplicarán durante 14 días naturales desde su entrada en vigor, aunque se podrán prorrogar por más tiempo si lo requiere la evolución de la situación epidemiológica.

Modificación de la Atención Presencial en el Colegio

Modelo de Certificado de Autónomos para desplazamiento

Realización de trámites por vía electrónica en la Agencia Tributaria

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