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Noticia - Sentencia Judicial sobre Sustitución de Cubierta

Nuevo reconocimiento judicial de la capacidad de los Arquitectos Técnicos para proyectar obras de sustitución de cubierta.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Sevilla, ha dictado una sentencia el pasado de 24 de enero de 2017, por la que se desestima totalmente la demanda interpuesta por el Colegio de Arquitectos de Sevilla que pretendía que por el Juzgado se declarase que un Arquitecto Técnico no se haya habilitado legalmente para proyectar obras de rehabilitación de una vivienda, en particular, para la sustitución del forjado de la cubierta afectado por pudrición y filtraciones.

El proyecto contemplaba una rehabilitación de la cubierta de la edificación, procediendo a la eliminación de la misma, para la posterior ejecución de la nueva cubierta inclinada de teja cerámica mixta sobre soporte inclinado, dotándola de aislamiento térmico e impermeabilización.

El documento técnico indicaba que la sustitución se haría por partes y con colocación de apeos garantizando la estabilidad de los muros, sin que de ello se deduzca que se afecte a la estructura del edificio, ni que ésta quede alterada.

El inmueble, objeto de proyecto, se encuentra ubicado dentro del casco histórico protegido y declarado bien de interés cultural, ahora bien la finca en cuestión no cuenta con una protección específica, sino en cuanto se encuentra en el entorno de BIC. Además, la obra en cuestión estaba autorizada por la Comisión provincial de patrimonio de la delegación territorial de Sevilla, competente en materia de cultura.

En el procedimiento se aportó informe pericial de arquitecto, que concluyó indicando la inexistencia de alteración en la estructura del edificio.

El juzgado invoca en su resolución la sentencia dictada por el TSJA con sede en Granada de 7 de julio de 2014, en la que, a propósito de una cuestión similar, cambio en la cubierta de un edificio el forjado de madera por uno de hormigón (a causa de las importantes humedades existentes), manteniendo el mismo aspecto exterior, reconocía la capacitación de los arquitectos técnicos.

Analizado el caso concreto, finalmente el Juzgado, reconoce nuestra competencia y desestima la demanda del Colegio de Arquitectos de Sevilla.